Índice de contenidos
Guía de las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2020
¿Qué deducciones autónomicas tengo en mi comunidad?
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Andalucía?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento o adopción de hijos
- Por adopción de hijos en el ámbito internacional.
- Por familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años.
- Por contribuyente con discapacidad.
- Por discapacidad del cónyuge o pareja de hecho.
- Por asistencia a personas con discapacidad.
- Por ayuda doméstica.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Para beneficiarios de ayudas a viviendas protegidas.
- Por Inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes.
- Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por las cantidades donadas al Servicio Andaluz de Salud para la lucha contra el avance del Covid-19
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles.
- Gastos de defensa jurídica de la relación laboral.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Aragón?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento o adopción del tercer o sucesivos hijos.
- Por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
- Por adopción internacional.
- Por cuidado de personas dependientes.
- Para contribuyentes mayores de 70 años.
- Por nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10.000 habitantes.
- Por gastos de guardería de hijos
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo.
- Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos.
- Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador).
- Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil
- Por adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación.
- Por gastos por adquisición de libros de texto y material escolar.
- Por inversión en entidades de economía social.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Asturias?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por acogimiento no remunerado mayores 65 años.
- Por adopción internacional de menores.
- Por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha
- Por familias numerosas.
- Por familias monoparentales.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por gastos de descendientes en centros de 0 a 3 años.
- Por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en zonas rurales en riesgo de despoblación.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad.
- Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes con discapacidad.
- Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.
- Por arrendamiento de la vivienda habitual.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donaciones de fincas rústicas a favor del Principado de Asturias.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por certificación de la gestión forestal sostenible.
- Por adquisición de libros de texto y material escolar.
- Para contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o autónomos en zonas rurales en riesgo de despoblación.
- Por gastos de transporte público para residentes en zonas rurales en riesgo de despoblación
- Por la obtención de subvenciones y/o ayudas para paliar el impacto provocado por la Covid-19 sobre los sectores especialmente afectados por la pandemia (no aplicable a contribuyentes fallecidos antes de 31-12-2020).
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en las Islas Baleares?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Para los declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición.
- Por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de 6 años por motivos de conciliación.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual.
- Por arrendamiento de vivienda habitual en Illes Balears a favor de determinados colectivos.
- Por arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o a la innovación.
- Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural.
- Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo.
- Por donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana.
- Por donaciones a entidades del tercer sector.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por determinadas subvenciones y ayudas otorgadas por razón de una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
- Por gastos de adquisición de libros de texto.
- Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros.
- Para cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual.
- Por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda (deducción del arrendador)
- Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Canarias?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento o adopción.
- Para contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años.
- Por acogimiento de menores.
- Por familias monoparentales.
- Por gastos de guardería.
- Por familia numerosa
- Para familiares dependientes con discapacidad.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por inversión en vivienda habitual.
- Por obras de rehabilitación energética e reforma de la vivienda habitual.
- Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad
- Por alquiler de vivienda habitual.
- Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donaciones a descendientes para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual.
- Por donaciones para la rehabilitación o conservación del Patrimonio Histórico de Canarias.
- Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia.
- Donaciones con finalidad ecológica.
- Por donaciones a entidades sin ánimo de lucro.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por gastos de estudios en educación superior de descendientes fuera de la isla de residencia.
- Por gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio.
- Por traslado de residencia a otra isla para realizar una actividad por cuenta propia o ajena.
- Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles de Interés Cultural.
- Para contribuyentes desempleados.
- Por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador).
- Por gasto de enfermedad.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Cantabria?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por cuidado de familiares: descendientes menores de 3 años, ascendientes mayores de 70 años y personas con discapacidad.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por gastos de guardería.
- Para familias monoparentales.
- Por nacimiento y adopción de hijos.
- Por gastos de guardería para contribuyente que tengan su residencia en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores o personas con discapacidad.
- Por obras de mejora en vivienda propiedad del contribuyente o en el edificio en la que la vivienda se encuentre.
- Por arrendamiento de viviendas situadas en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento (deducción del arrendatario).
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a Asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad.
- Por inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social establecidas en Cantabria
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.
- Por gastos de enfermedad.
- Por arrendamiento de viviendas situadas en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento (deducción del arrendador). No aplicable a contribuyentes fallecidos antes de 31-12-2020.
- Por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a una zona de Cantabria en riesgo de despoblamiento por motivos laborales por cuenta ajena o por cuenta propia.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Castillo-La Mancha?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento o adopción de hijos.
- Por familia numerosa.
- Por discapacidad del contribuyente.
- Por discapacidad de ascendientes o descendientes.
- Para contribuyentes mayores de 75 años.
- Para cuidado de ascendientes mayores de 75 años.
- Por acogimiento familiar no remunerado de menores.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y personas con discapacidad.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por cantidades donadas para la cooperación internacional al desarrollo y a las entidades para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas con discapacidad.
- Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial.
- Por donaciones de bienes culturales y contribuciones a favor de la conservación, reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, y para fines culturales, incluidos en el plan de mecenazgo cultural de Castilla-La Mancha.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por gastos por adquisición de libros de texto y por enseñanza de idiomas.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Castilla y León?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Para contribuyentes afectados por discapacidad.
- Por familia numerosa.
- Por nacimiento o adopción de hijos.
- Por partos múltiples o adopciones simultáneas.
- Por cuidado de hijos menores de 4 años.
- Por paternidad.
- Por gastos de adopción.
- Por cuotas a Seguridad Social de empleados del hogar.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual por jóvenes en núcleos rurales.
- Por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales.
- Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes.
- Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a personas con discapacidad en vivienda habitual.
- Por adquisición de vivienda habitual de nueva construcción.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del Patrimonio Histórico–Artístico y Natural.
- Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por cantidades invertidas por los titulares en la recuperación del Patrimonio Histórico–Artístico y Natural de Castilla y León.
- Para el fomento de la movilidad sostenible.
- Por fomento de emprendimiento
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Cataluña?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento o adopción de un hijo.
- Para contribuyentes que se hayan quedado viudos/viudas en 2018, 2019 y 2020.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por alquiler de la vivienda habitual (sólo contribuyentes en determinadas situaciones desfavorecidas).
- Por rehabilitación de la vivienda habitual.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana o de la occitana.
- Por donativos a entidades que fomentan I+D+I (Investigación científica y desarrollo e innovación tecnológica).
- Por donaciones a determinadas entidades en beneficio de medio ambiente, conservación del patrimonio natural y custodia del territorio.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por el pago de intereses por préstamos para estudios de máster y de doctorado.
- Por inversión por un ángel inversor para la adquisición acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.
- Por obligación de presentar la declaración del IRPF en razón de tener más de un pagador
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Extremadura?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por acogimiento de menores.
- Por partos múltiples.
- Por cuidado de familiares con discapacidad.
- Por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive.
- Para contribuyentes viudos.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo.
- Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Sin deducciones aprobadas
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por percibir retribuciones del trabajo dependiente.
- Por compra de material escolar.
- Por adquisición acciones o participaciones como consecuencia de acuerdos de constitución o ampliación de capital en las sociedades mercantiles.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Galicia?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento o adopción.
- Por familia numerosa.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por cuidado de hijos menores.
- Para contribuyentes con discapacidad, de edad igual o superior a 65 años, que precisen ayuda de terceras personas.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes.
- Por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente en la vivienda habitual, que empleen energías renovables destinadas exclusivamente al autoconsumo.
- Por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por gastos dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos.
- Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.
- Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación y su financiación.
- Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bolsista.
- Por rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros históricos.
- Por inversión en empresas agrarias y sociedades cooperativas agrarias o de explotación comunitaria de la tierra.
- Por subvenciones y/o ayudas obtenidas por los incendios producidos durante el mes de octubre del año 2017.
- Para paliar los daños causados por la explosión de material pirotécnico en Tui durante el mes de mayo del 2018.
- Por las ayudas y subvenciones recibidas por los deportistas de alto nivel de Galicia.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Madrid?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento o adopción.
- Por adopción internacional de niños.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad.
- Por cuidado de hijos menores de 3 años.
- Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por arrendamiento de vivienda habitual.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donativos a fundaciones y clubes deportivos.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por gastos educativos.
- Por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.
- Para el fomento del autoempleo de jóvenes.
- Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en Murcia?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por gastos de guardería.
- Por adopción o nacimiento.
- Para contribuyentes con discapacidad.
- Por conciliación.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por inversión en vivienda habitual por jóvenes de edad igual o inferior a 35 años (incluido el régimen transitorio).
- Por inversión en dispositivos domésticos de ahorro de agua.
- Por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables en viviendas.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donativos para la protección del Patrimonio Cultural de la Región de Murcia y promoción de actividades culturales y deportivas y por donativos para la investigación biosanitaria.
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.
- Por inversiones en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil.
- Por gastos en la adquisición de material escolar y libros de texto.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en La Rioja?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento y adopción de hijos.
- Por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes con residencia habitual en pequeños municipios.
- Por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, o guarda con fines de adopción.
- Por cada hijo de 0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma a pequeños municipios de la Rioja y la mantengan durante un plazo de al menos 3 años consecutivos.
- Por cada hijo de 0 a 3 años escolarizado en escuelas infantiles o centros de educación infantil de cualquier municipio de La Rioja.
- Por gastos para contratación de personal para el cuidado de familiares afectados por la Covid-19.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios.
- Por gastos por acceso a internet para jóvenes emancipados.
- Por gastos por suministro de luz y gas de uso doméstico para jóvenes emancipados.
- Por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años.
- Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años.
- Por cantidades invertidas para la adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes.
- Por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural.
- Por las cantidades invertidas durante el ejercicio en obras de rehabilitación de vivienda habitual.
- Por obras de adecuación de vivienda habitual para personas con discapacidad.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donativos realizados a la Comunidad Autónoma de La Rioja para paliar los efectos de la COVID-19
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por adquisición de vehículos eléctricos nuevos.
- Por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido.
➤ ¿Qué deducciones tengo derecho en la comunidad Valenciana?
➤➤ Por circunstancias personales y familiares
- Por nacimiento, adopción o acogimiento familiar.
- Por nacimiento o adopción múltiples.
- Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad.
- Por ostentar el título de familia numerosa o de familia monoparental.
- Por cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil, de hijos o acogidos en la modalidad de acogimiento permanente, menores de 3 años.
- Para contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de edad igual o superior a 65 años.
- Por ascendientes mayores de 75 años, y por ascendientes mayores de 65 años con discapacidad.
- Por realización por uno de los cónyuges de labores no remuneradas en el hogar.
- Por contribuyentes con dos o más descendientes.
➤➤ Relativa a la vivienda habitual
- Por cantidades destinadas a la adquisición de su vivienda habitual por personas con discapacidad.
- Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas.
- Por arrendamiento vivienda habitual.
- Por arrendamiento vivienda como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad.
- Por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en las viviendas o edificio dónde se ubiquen.
- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en el período.
- Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015.
➤➤ Por donativos y donaciones
- Por donaciones con finalidad ecológica.
- Por donaciones de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana.
- Por donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional.
- Por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19.
- Por donaciones para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria producida por la Covid-19
➤➤ Otros conceptos deducibles
- Por conciliación del trabajo con la vida familiar.
- Por cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en el marco de lo dispuesto en la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de protección a la maternidad.
- Por adquisición de material escolar.
- Por cantidades destinadas a abonos culturales.
- Por obtención de rentas derivadas del arrendamiento de vivienda cuya renta no supere el precio de referencia de alquileres privados (deducción del arrendador).
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.
- Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud de la Orden 5/2020, de 8 de junio, para la adquisición o electrificación de bicicletas urbanas y vehículos eléctricos de movilidad personal.
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